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Sistema de Interconexión de Registros -SIR-

El Ayuntamiento de Teruel está integrado con el Sistema de Interconexión de Registros.

Acceso al servicio: https://rec.redsara.es


La integración del Ayuntamiento de Teruel en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR), habilita varios servicios de interés para los ciudadanos que a continuación se detallan, garantizando además el cumplimiento de las previsiones contenidas a este respecto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre:

Presentación de documentación en soporte papel dirigida al Ayuntamiento de Teruel desde cualquier Oficina de Registro integrada en este sistema

Los interesados que no puedan acudir presencialmente a la Oficina de Registro General o Registro Auxiliar de Urbanismo del Ayuntamiento de Teruel, podrán dirigirse de forma presencial con su documentación en papel a cualquiera de las oficinas de registro de otraS Administraciones y Organismos Públicos que estén integrados en SIR (por ejemplo, Subdelegación de Gobierno, Diputación General de Aragón, otros Ayuntamientos integrados...)

En dichas oficinas, el personal responsable recogerá los documentos, los digitalizará y los remitirá telemáticamente al Ayuntamiento de Teruel, entregando al interesado un justificante acreditativo de la fecha y hora de presentación.

La consulta de oficinas de registro integradas en este Sistema se podrá hacer en el siguiente enlace: Directorio de organismos

Presentación telemática de documentación dirigida al Ayuntamiento de Teruel.

La presentación telemática permite al ciudadano hacer llegar al Ayuntamiento documentos por medios electrónicos desde su ordenador y, por tanto, sin necesidad de acudir presencialmente a una Oficina de Registro.

Si bien el Ayuntamiento de Teruel dispone de su propio Registro Electrónico Municipal -como enlace-, que constituye la vía preferente para la presentación telemática de documentación a él dirigida; su integración en SIR habilita la posibilidad de presentar telemáticamente documentos dirigidos a esta Administración Municipal a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado.

Lógicamente esta segunda vía de presentación telemática es subsidiaria respecto del Registro Electrónico Municipal, pero igualmente válida.

Este servicio es accesible para todos los ciudadanos con personalidad física o jurídica, así como para los representantes que actúen en su nombre, desde la página web https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do.

El Ayuntamiento de Teruel dispone de dos oficinas de registro integradas en este Sistema:

  • Oficina de Registro General (Ayuntamiento de Teruel).
  • Oficina de Registro Auxiliar en materia de Urbanismo (Ayuntamiento de Teruel-Área de Urbanismo), que deberá seleccionarse de forma preferente cuando el contenido de la documentación sea urbanístico
Presentación de documentos dirigidos a otras Administraciones u Organismos Públicos integrados en SIR a través de la Oficina de Registro General del Ayuntamiento de Teruel.

En el caso de que un ciudadano esté interesado en presentar documentación por vía telemática a otra Administración Pública u Organismo Público que esté integrado en SIR a través de la Oficina de Registro General del Ayuanemiento de Teruel, deberá realizar las siguientes actuaciones:

  1. Verificar previamente que la Administración u Organismo Público al que dirige su solicitud se encuentra integrada en SIR. La consulta de oficinas de registro integradas en este Sistema se podrá hacer en el siguiente enlace: Directorio de organismos.
  2. A continuación deberá personarse en la Oficina Municipal de Registro General del Ayuntamiento de Teruel. La preparación de la documentación objeto de remisión telemática deberá realizarse conforme a las siguientes pautas:
    • El presentador del documento deberá proceder a la retirada de las grapas, encuadernados o cualquier medio que imposibilite el escaneo
    • En el caso de que el documento esté recogido en formato no estándar (tarjetas, post-it, papel cebolla, cuartillas, ...) para los que el escáner no tiene portadores específicos, será necesario aportar fotocopias en formato A-4 de dichos documentos para posibilitar su escaneo.
    • Por defecto, el escaneo se hará en blanco y negro salvo que una vez escaneado, resulte ilegible o el color sea determinante del documento (lo que especificará el interesado a consulta del funcionario).
    • Con carácter general, queda a consideración de los funcionarios responsable la posibilidad del escaneo de la documentación ateniendo a criterios de voluminosidad, incidencias técnicas, legibilidad, o similares.
    • Los límites establecido para cada anotación registral son: cinco anexos con una máximo de 10 MB cada uno, no pudiendo superar los 15 MB en conjunto.
  3. Una vez efectuada la remisión telemática, la Oficina le devolverá la documentación presentada, así como el justificante de presentación.

Para realizar el registro se debe disponer de DNI electrónico o certificado electrónico válido en vigor.

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15 de Septiembre de 2020

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